Todos los mexicanos sabemos que los Poderes de la
Unión se dividen en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, pero son muy pocas las
personas que conocen a fondo del tema. Desde la primaria nos han enseñado que
el Poder Legislativo se divide en dos Cámaras: diputados y senadores, pero
nunca más allá. El objetivo esencial es conocer un poco más a fondo sobre uno
de los órganos jurisdiccionales de nuestro país. Cómo se integra, cuál es su
función etc.
¿Qué
es el poder legislativo?
Es el grupo de representantes populares que se
ocupan tanto de proponer, estudiar, discutir, votar y aprobar o rechazar las iniciativas
de Ley que presente el propio Poder Legislativo, las legislaciones de los
estados, el ejecutivo y hasta cierto punto la ciudadanía. Según el artículo 70
de la Constitución todo acuerdo del Congreso tiene entonces el carácter de ley
o decreto. Pero también el Legislativo tiene la función de resolver algunos
otros asuntos esenciales de la vida pública como la vigilancia del desempeño
del Ejecutivo dentro del marco legal, o bien la ratificación de las elecciones
populares de funcionarios públicos, comenzando por el Presidente de la
república.
¿
Como está integrado el poder legislativo?
Artículo 50°
El Poder Legislativo de los Estados Unidos
Mexicanos se deposita en un Congreso General, que se dividirá en dos Cámaras,
una de Diputados y otra de Senadores. Actualmente, y con fundamento en la
Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, el Poder Legislativo es
bicameral.
La cámara de diputados se integra por 500 diputados, 300 electos por
mayoría relativa en los 300 distritos electorales del país (uninominales) y
200 electos por el sistema de representación proporcional (plurinominales).
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Cámara de senadores
está
integrada por 128 miembros, los cuales son elegidos para un periodo de seis
años, correspondientes a dos legislaturas, y no pueden ser reelegidos para el
periodo inmediato, aunque sí de manera alternada.
Ambas Cámaras son iguales en lo que respecta al
proceso legislativo, aunque cada una de ellas tiene facultades exclusivas que
la diferencian a una de la otra. Los Diputados y Senadores tienen la voluntad
legislativa del pueblo mexicano, constituyendo ambas cámaras, el cuerpo
legislativo de la nación. El Senado, entre otras, tiene la facultad de vigilar
al Ejecutivo; Así como la aprobación de los miembros del gabinete de éste o los
nombramientos que el Presidente de la República haga.
La existencia de dos Cámaras impide la
concentración de las decisiones en un solo grupo de congresistas, estableciendo de esta forma un
equilibrio entre dos tipos de representantes: los de la población o Cámara de
Diputados y los de las entidades federativas o Cámara de Senadores.
Funciones
del poder legislativo.
El Poder Legislativo tiene 3 funciones principales:
1.-De
Representación.
2.- Legislativa.
3.- De Control.
2.- Legislativa.
3.- De Control.
1) Función de Representación: Es
la principal función del poder legislativo pues por medio del voto directo
elegimos a un representante de nuestro distrito electoral local y/federal que
estará encargado de plantear nuestros intereses ante el Congreso de la Unión y
las asambleas Locales.
2) Función Legislativa Está
confiada a un órgano denominado Congreso ó Parlamento y consiste en la
formulación o producción, a través de un proceso determinado por la
Constitución, de normas jurídicas que se aplican a los habitantes de un Estado.
Los productos de esta función (leyes o decretos)
pueden ser de tres tipos: procedimiento ordinario, de reforma o constitucional
y especial.
El procedimiento ordinario se compone de los
siguientes pasos: Iniciativa, discusión, aprobación, sanción, promulgación,
publicación y finalmente fecha de inicio de vigencia.
El procedimiento de reforma Constitucional se
refiere a que la Constitución no debe ser una institución inmutable, por lo que
se contempla la necesidad de un órgano permanente con facultades constituyentes
para modificarla: el Constituyente Permanente. Su justificación es la
adaptación del texto constitucional a la cambiante realidad política y la
corrección de las lagunas que pueda tener.
3) Función de control : El
Congreso de la unión desempeña esta función de manera preponderante (también la
pueden ejercer tanto el poder Ejecutivo como el Poder Judicial), pues cuenta
con facultades para inspeccionar, analizar, comprobar, examinar, registrar,
revisar intervenir y verificar el funcionamiento de la administración pública,
es decir, del Ejecutivo.
DISCUSIÓN
es el acto de las cámaras que consiste en examinar un proyecto o iniciativa de
la ley polemizado sobre el para decidir por medio de la votación mayoritaria,
si debe ser aprobado o no. las iniciativas de la ley deben ser discutidas
sucesivamente por ambas cámaras, pudiere comenzarse en cualquiera de ellas,
salvo que se trate de proyectos sobre impuestos, contribuciones, empréstitos o
reclutamiento de tropas, pues en estos casos deberán ser discutidos
primeramente en la cámara de diputados (articulo 72 constitucional inciso h).
¿QUE PROCEDIMIENTO SE LLEVA PARA
REALIZAR UNA LEY?
Las
fases del proceso legislativo son seis: iniciativa, discusión, aprobación
sanción, publicación e iniciación de la vigencia.
Las fases del proceso legislativo son seis: iniciativa, discusión, aprobación sanción, publicación e iniciación de la vigencia.
INICIATIVA: la iniciativa es la facultad que tiene
determinados órganos del estado para proponer ante el congreso (poder
legislativo) un proyecto de ley.Dicha
facultad pertenece en exclusiva de acuerdo con el artículo 71 de la
constitución política de los estados unidos mexicanos:
I.
al
presidente de la república
II.
a
los diputados y senadores del congreso de la unión y
III.
alas
legislaturas de los estados
No
obstante lo anterior, cualquier ciudadano puede sugerir indistintamente a
alguna de las autoridades mencionadas, la necesidad o conveniencia de elaborar
un proyectó de ley determinado: y mas aun, puede remitirles el proyecto que
haya confeccionado, con la petición de que sea sometido a la consideración del
congreso; pero dicha sugestión y petición puede ser o no, atendidas, de acuerdo
con lo dispuesto en el articulo 61 del reglamento para el gobierno interior del
congreso general de los estados unidos mexicanos que la letra dice:
“Toda
petición de particulares, corporaciones o autoridades que no tengan derecho de
iniciativa, se mandara pasar directamente por el ciudadano presidente de la
cámara a la comisión que corresponda, según la naturaleza del asunto que se
trate. Las comisiones se dictaminaran si son de tomarse o no, en consideración
estas peticiones”
DISCUSIÓN
es el acto de las cámaras que consiste en examinar un proyecto o iniciativa de
la ley polemizado sobre el para decidir por medio de la votación mayoritaria,
si debe ser aprobado o no. las iniciativas de la ley deben ser discutidas
sucesivamente por ambas cámaras, pudiere comenzarse en cualquiera de ellas,
salvo que se trate de proyectos sobre impuestos, contribuciones, empréstitos o
reclutamiento de tropas, pues en estos casos deberán ser discutidos
primeramente en la cámara de diputados (articulo 72 constitucional inciso h).
La
cámara donde se discute en primer lugar es llamada la cámara de origen y a la
que conoce en segundo término se le designa como cámara revisora.
APROBACIÓN consiste en dar a las cámaras su asentamiento
o conformidad a una iniciativa de ley. la aprobación tiene lugar cuando la
mayoría de los miembros presentes han otorgado su voto afirmativo al proyecto
que previamente se ha discutido.
Obtenida
la aprobación en una de las cámaras (la de origen, por supuesto), el proyecto
deberá ser remitido a la cámara revisora para su discusión; y en caso de ser
remitido a la cámara revisora para su discusión; y en caso de también ser
aprobado por esta, se enviara al c. representante del poder ejecutivo para los
efectos que se trataran enseguida.
SANCIÓN se llama sanción al acto por el medio del
cual el presidente de la república manifiesta, bajo su firma, su conformidad
con una iniciativa de ley aprobada por las cámaras. Dicho funcionario puede
llegar a negar su asentimiento, en ejercicio llamado derecho de veto, en cuyo
caso la iniciativa será devuelta con observaciones a la cámara de origen, donde
serán discutidas únicamente las observaciones referidas.
PUBLICACIÓN una vez que el proyecto de la ley obtiene la
sanción del poder ejecutivo, la publicación o promulgación, que consiste en dar
a conocer la ley a quienes deben de cumplirla. Para que una ley pueda obligar a
su cumplimiento, debe ponerse al alcance del público el texto de la misma.
¿Qué
requisitos se necesita para ser diputado o senador?
Es la propia Carta Magna la que establece los
requisitos que deberán cumplir los candidatos a diputados, así, el artículo 55
señala:
I. Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el
ejercicio de sus derechos;
II. Tener veintiún años cumplidos al día de la
elección;
III. Ser originario del Estado en que se haga la
elección o vecino de él con residencia efectiva de más de seis meses anteriores
a la fecha de ella. Para poder figurar en las listas de las circunscripciones
electorales plurinominales como candidato a diputado, se requiere ser
originario de alguna de las entidades federativas que comprendan la
circunscripción en la que se realice la elección, o vecino de ellas con
residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha en que la misma
se celebre.
La vecindad no se pierde por ausencia en el
desempeño de cargos públicos de elección popular;
IV. No estar en servicio activo en el Ejército
Federal ni tener mando en la política o gendarmería rural en el Distrito donde
se haga la elección, cuando menos noventa días antes de ella;
V. No ser secretario o subsecretario de Estado, ni
ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a menos que se separe
definitivamente de sus funciones noventa días antes de la elección, en- el caso
de los primeros y dos años en el caso de los ministros; Los gobernadores de los
Estados no podrán ser electos en las entidades respectivas jurisdiccionales
durante el periodo de su cargo, aun cuando se separen definitivamente de su
puesto; Los secretarios de gobierno de los Estados, los magistrados y jueces
federales o del Estado, no podrán ser electos en las entidades de sus
respectivas jurisdicciones si no se separan definitivamente de sus cargos
noventa días antes de la elección;
VI. No ser ministro de algún culto religioso;
y
VII. No estar comprendido en alguna de las
incapacidades que señala el artículo 59.
Por lo que hace a la Cámara de Senadores y en su
carácter de Cámara de representación territorial, la Constitución establece que
deberá integrarse con un total de 128 senadores, de los cuales, en cada Estado
y el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación
mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para estos
efectos, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos fórmulas de
candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de
candidatos que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya
ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate.
Los 32 senadores restantes serán elegidos según el
principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas
en una sola circunscripción plurinominal nacional. La ley establecerá las
reglas y fórmulas para estos efectos.
Por lo que toca a la renovación de esta Cámara, el
mismo artículo 56 que venimos comentando señala que se renovará en su totalidad
cada seis años. Por otro lado, la propia Constitución señala que para ser
senador se requieren los mismos requisitos que para ser diputado, salvo la edad
que será la de 25 años cumplidos al día de la elección.
Cabe destacar que el Poder Legislativo o parlamento
es sin duda la institución más importante del Estado moderno. Ya que hoy en día el poder legislativo esta integrado por los representantes del pueblo elegidos por voto popular y ademas como pertenecen a distintos partidos políticos en el tratamiento de los proyectos de ley se generan debates e intercambios de ideas de acuerdo a distintas ideologías , esperando que con este trabajo se haya podido ampliar un
poco más acerca del concepto que tenemos sobre el poder legislativo.
Aquí les dejo un vídeo para una mejor comprensión del tema
Bibliografia




